Una lectura de la realidad venezolana
  desde los derechos humanos

Servicio informativo No. 123
Del 01 al 14 de agosto de 2003


1988/2003: Provea, 15 años por los derechos sociales y contra la impunidad

CONTEXTO
* "Derechos humanos y coyuntura" estrena presentación

DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES
* "Historia de los Derechos Humanos": Nueva publicación de Provea
* Día Internacional de las Poblaciones Indígenas: Acuerdos y logros
* Estado en deuda con el derecho a la vivienda de los habitantes de Lagunillas
* Dirección de Salud de Miranda lesiona derecho de petición
*
MSDS se compromete a aportar recursos para cardiópatas del J. M. de los Ríos
* Genéricos nacionales ganaron ante medida que impedía su producción
* Nueva Ley Orgánica Procesal del Trabajo facilita procedimientos judiciales para trabajadores y patronos
* Plan de inversión extraordinaria es menor que los recortes presupuestarios de febrero a la salud y la educación
* Crisis de la salud pública: responsabilidades y víctimas
* Indicadores de seguridad social
* Indicadores socieconómicos del BCV y CENDA
* Propuestas y  exigencias a los poderes públicos sobre el derecho a la educación

DERECHOS CIVILES Y POLÍTICOS
*
Vocería del Foro por la Vida preocupada por situación de los solicitantes de refugio en Venezuela
* Acuerdo de Sala Plena del TSJ es inconstitucional
* Nuevos casos de ejecuciones extrajudiciales en Anzoátegui
* Tribunal de Aragua reencausa expediente de Teniente Sicat
*
Propuestas y exigencias a los poderes públicos sobre el derecho a la libertad de expresión e información

ARTÍCULOS
*
Son Derechos: “El derecho a la retroactividad de las prestaciones”

DOCUMENTOS
*
Cecodap: “La muerte de Davis denuncia la ineficiencia de nuestro sistema de salud”
* Organizaciones GLBT venezolanas ante decisión del Vaticano contraria a las uniones homosexuales

A efectos de este servicio informativo utilice: coyuntura@derechos.org.ve
Ediciones anteriores disponibles en nuestro sitio web: http://www.derechos.org.ve
Autorizada la reproducción total o parcial en tanto se mencione la fuente


CONTEXTO
"Derechos humanos y coyuntura" estrena presentación

Con este nuevo formato de "Derechos humanos y coyuntura", Provea adelanta la celebración de su decimoquinto aniversario dando respuesta a las sugerencias hechas por nuestros lectores. La nueva  presentación, hecha en lenguaje HTML, exhibe un concepto más atractivo, dinámico y práctico para la lectura de nuestro servicio informativo, permitiendo que los lectores manejen su consulta con mayor facilidad.
El diseño estuvo a cargo del equipo de Webmundial, (http://www.webmundial.com.ve), con quien estamos trabajando en nuestra nueva página web, la cual esperamos ofrecer a los usuarios próximamente. Las fotos que aparecen en la cabecera de este nuevo formato son del reconocido fotógrafo venezolano Luis Bri
to, Premio Nacional de Fotografía de 1996, a quien agradecemos su desinteresada colaboración.
Finalmente, esperamos satisfacer los exigentes estándares de nuestros suscriptores quienes -de más está decirlo-, pueden hacernos llegar sus comentarios.    

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DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES
"Historia de los Derechos Humanos": Nueva publicación de Provea

Continuando con la serie editorial de formación en derechos humanos "Tener derechos no basta", Provea presenta su nueva publicación: "Historia de los Derechos  Humanos", la cual puede adquirirse en nuestra sede por 3.500 bolívares o consultar próximamente en nuestro sitio web.
Con este folleto, Provea aspira a contribuir en la divulgación de los procesos históricos, luchas y conquistas que definieron la doctrina de los derechos humanos. 
En esta publicación se abordan  los aspectos más importantes del acontecer histórico ligados a la lucha por los derechos humanos en Occidente. El tratamiento de esta historia implicó realizar una breve reflexión sobre cómo se entiende a la historia, destacando el carácter plural de los protagonistas y la complejidad de los hechos que se conjugan para dar sentido a la realidad. El aporte del ilustrador Abilio Padrón y los textos escritos por Ana Barrios, Pablo Fernández y Enrique González, facilitan al lector el entendimiento de los temas tratados.

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DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES
Día Internacional de las Poblaciones Indígenas: Acuerdos y logros

El pasado 09.08.03 se celebró el Día Internacional de las Poblaciones Indígenas. En ese contexto, la Gaceta Oficial N° 37.749, publicada el 08.08.03, informa de los diferentes acuerdos alcanzados por la Asamblea Nacional (AN) acerca de la materia indígena (TSJ, 13.08.03, http://www.tsj.gov.ve/gaceta Agosto/080803/ 080803-37749-02.html) . El parlamento acordó solicitarle al Ejecutivo Nacional:
1ro.) Celeridad en las tareas de delimitación del Hábitat y Tierras ancestrales de los pueblos indígenas, a cargo del Consejo Nacional de Demarcación, ;
2do.) Promover la iniciativa mundial para la aprobación definitiva de la Declaración Universal de los Derechos de los Pueblos Indígenas en el seno de la Organización de Naciones Unidas (ONU);
3ro.) Continuar con la política activa en defensa de las acciones emanadas por la ONU a favor de los pueblos indígenas y la biodiversidad;
4to.) Continuar y apoyar el proceso de Educación Intercultural Bilingüe para orientar la consulta y participación en lo relativo a sus intereses;
5to.) Apoyar a los pueblos indígenas para solicitar a la Organización de Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO), la Declaración Universal de la Interculturalidad de los Sistemas Educativos;
6to.) Reconocer que la práctica de la medicina indígena es importante en el tratamiento de cualquier paciente, así como considerar su estudio y que se concrete en las prácticas de los médicos como una medicina alternativa; y
7mo.) Oficializar el 12 de octubre como Día de la Resistencia Indígena (Ídem.).
Con respecto a la primera exigencia dirigida por el legislativo al ejecutivo, el Ministerio del Ambiente y los Recursos Naturales (MARN) informó que, hasta ahora, sólo "se han juramentado las 8 comisiones regionales de demarcación (Bolívar, Amazonas, Delta Amacuro, Monagas, Sucre, Anzoátegui, Apure y Zulia), notifica Mary Carmen Díaz, secretaria
Ejecutiva de la Comisión Nacional de Demarcación de Tierras y Hábitat Indígenas [...] Algunas comunidades ya han realizado su autodemarcación. Los casos más avanzados son Bolívar, amazonas, Anzoátegui y Zulia" (El Nacional, 09.08.03, pág. A/9).
En su Agenda Salud y Vida N° 58, (Últimas Noticias, 10.08.03, pág. 5), el Ministerio de salud y Desarrollo Social (MSDS) informó que el Plan de Atención Integral a la Población Indígena arrojó como resultado la atención directa, en el área de salud, de 159.925 indígenas, entre 1999 y el año 2002. Para este año asegura que se atenderá la salud de 130.000 indígenas "mediante los planes de consulta, inmunizaciones, control sanitario y suministros de medicamentos. Para lo cual el Ejecutivo Nacional mantiene en ejecución recursos por el orden de los 4,09 millardos de bolívares". Sin embargo, hay que acotar que, según datos preliminares del Instituto Nacional de Estadística, 328.065 personas se declaran indígenas y 178.343 fueron empadronados en comunidades autóctonas (El Nacional, Op. cit..).
Por su parte, el mismo parlamento nacional también está en mora con el sector indígena, pues no aprobó la ley orgánica de Pueblos Indígenas que crearía un instituto autónomo como órgano rector de las políticas dirigidas hacia ese sector (Ídem.).
Finalmente, hay que reseñar la traducción a la lengua Wayuu de la Constitución, cuyo texto fue bautizado en vísperas de la efeméride en el Ministerio de Educación, Cultura y Deportes (MECD). Aristóbulo Istúriz, jefe de ese despacho, informó que se está realizando la traducción del texto constitucional a otras lenguas como el Warao y al Pemón (Ídem.). Esteban Emilio Mosonyi, asesor antropolinguístico del MECD alerta, no obstante, que a pesar del esfuerzo, se debe trabajar en función a los casos más dramáticos en cuanto a extinción de lenguas indígenas, tales como el Añú, el Baré y el Yabarana "que tienen pocos hablantes ya viejos" (Ídem.).

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DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES
Estado en deuda con el derecho a la vivienda de los habitantes de Lagunillas

El Ministerio de Infraestructura (Minfra) mantiene represados 19.000 millones de bolívares correspondientes al presupuesto de los años 2002 y 2003, que debió transferir a la empresa estatal Desarrollos Urbanos de la Costa Oriental del Lago S. A. (Ducolsa), para la construcción de viviendas de los habitantes de la población de Lagunillas, Edo. Zulia,  quienes fueron perjudicados por el fenómeno de subsidencia que afecta a la costa oriental del Lago de Maracaibo (ver edición N° 118 de este servicio informativo en http://www.derechos. org.ve).
El proceso de reubicación de todas estas familias ya tiene un retraso de 8 años, mientras que el riesgo de mayores daños para sus inmuebles y vidas aumentó progresivamente. A este ritmo, el proceso de reubicación tardará unos 10 años más, cuando su lapso era de 3 años. Este retraso suma otros problemas tales como el crecimiento de la población, la cual  inicialmente no fue censada.
A este respecto, Provea recuerda que en ocasiones anteriores (Ídem.) solicitó al Ejecutivo Nacional la emisión de un decreto que declare la emergencia para atender el fenómeno de subsidencia en esta zona, tal como se hizo en 1992.
El general Álbaro Carrasco Roa, presidente de Dulcosa, informó que para diciembre de este año se  entregarán 1.000 viviendas en el sector El Danto, para reubicar a igual número de familias. Según pudo constatar Provea en una reciente visita efectuada en el sector, las viviendas reúnen las condiciones adecuadas de habitabilidad. Sin embargo, la empresa no culminó las obras destinadas a los servicios de educación, salud y deportes. Ante esta situación, los habitantes manifiestan que sólo aceptarán la reubicación cuando dichas obras sean concluidas, pues la experiencia en anteriores circunstancias similares indica que aceptar tales condiciones no garantiza que Dulcosa acelere la construcción de los servicios faltantes.
Los comerciantes denunciaron ante el representante de Provea que dicha empresa no tiene pautadas justas indemnizaciones por los daños y prejuicios causados y que no les ofrece alternativas serias para continuar con los negocios que actualmente administran. Algunos habitantes exigieron su derecho a una indemnización integral por los otros bienes que perderán con la reubicación y por los daños morales causados por  el desarraigado de su entorno y comunidad de origen que dicho proceso implica. Hasta hora, las indemnizaciones sólo reconocen el valor de la estructura física de las viviendas que tendrán que abandonar.
También denunciaron que el general Carrasco no convoca al Consejo Directivo de la empresa, el cual cuenta con 3 miembros de la comunidad, impidiendo la participación de la comunidad en el diseño de las políticas de la empresa y en el control de las inversiones y obras que se realicen (Provea, 13.08.03).

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DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES
Dirección de Salud de Miranda
lesiona derecho de petición

Este 12.08.03, el Juzgado Superior 2do. en lo Civil Contencioso y Administrativo de la región Capital declaró parcialmente con lugar una acción de amparo constitucional interpuesta por Provea contra el director regional de salud del Edo. Miranda, Miguel Mejías, por violación del derecho de petición.
En febrero de este año el área de Defensa de Provea recibió una denuncia por parte de representantes del gremio de bioanalistas de Miranda, sobre las condiciones de funcionamiento del servicio de bioanálisis en varios hospitales de la entidad federal. Para entonces, los equipos para prestar el servicio automatizado habían sido retirados sin que la gobernación firmara nuevos contratos para el suministro de los equipos, insumos y reactivos necesarios, afectando las condiciones de higiene  y seguridad laboral, así como la cantidad y calidad de los servicios prestados en estos centros asistenciales.
Respondiendo a la denuncia, Provea solicitó información al director de Salud sobre las medidas tomadas ante tal situación, particularmente sobre la situación presupuestaria de la dirección.
A 4 meses de solicitada la información al funcionario estadal Provea introdujo, de conformidad con el Artículo 51 de la Constitución, la acción de amparo constitucional ante la falta de respuesta oportuna y adecuada por parte de las autoridades públicas requeridas. Cabe señalar que, 2 semanas después de iniciado el procedimiento, Provea recibió una respuesta por parte de Mejías. No obstante, su respuesta no correspondió a los términos de la petición.
La decisión tomada por el tribunal se sustentó en estos hechos y exige a la autoridad denunciada responder en un lapso de 10 días hábiles sobre la materia de la solicitud de Provea, es decir, la situación presupuestaria del sector salud en dicha gobernación (Provea, 14.08.03). 


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DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES
MSDS se compromete a aportar recursos para cardiópatas del J. M. de los Ríos


El 04.08.03, se efectuó una reunión entre representantes del hospital J. M. de los Ríos, Alcaldía Metropolitana, MSDS, Ministerio Público (MP), Consejo Nacional de los Derechos del Niño y del Adolescente (CNDNA) y las organizaciones de derechos humanos Centros Comunitarios de Aprendizaje (Cecodap) y Provea (Asamblea Nacional, 05.08.03, http://www.asambleanacional.gov.ve/ns2/noticia.asp?numn=4154).
La Comisión Permanente de Contraloría de la AN, convocó a las organizaciones de derechos humanos accionantes en el caso de los niños, niñas y adolescentes con cardiopatías congénitas y demás participantes de la mesa de diálogo, a una sesión para conocer de la denuncia presentada por la Dirección de Salud de la Alcaldía Metropolitana contra el MSDS por la falta de los recursos reservados para el hospital de Niños J. M. de los Ríos y Fundacardín, del hospital Militar.
En la reunión, Miriam Morales, directora de Salud Poblacional del MSDS, informó que las órdenes de pago habían sido aprobadas, aún cuando la Alcaldía niega conocer su destino. Con respecto al acuerdo de la Mesa de Diálogo instalada desde el año 2001, a petición del fallo favorable a los niños, niñas y adolescentes con cardiopatías congénitas del hospital de niños J. M. de los Ríos para estudiar y resolver la situación que afectaba la posibilidad de una atención oportuna y adecuada, en la sesión se trató el punto relativo a garantizar un flujo permanente y regular del dinero para un fondo que garantice la realización de las intervenciones quirúrgicas, terapéuticas, insumos y medicamentos.
Al respecto, Morales informó sobre la firma de "un convenio de desempeño con la Fundación Patronato hospital J. M. de los Ríos y con el Hospital Militar (Fundacardín)" (Ibíd.).
Morales aseguró que su despacho se compromete a "consignar, en la última semana del mes de agosto, los recursos necesarios para la atención integral de los niños con cardiopatías congénitas a través de la firma de un convenio con Fundacardín y el hospital J. M. de los Ríos" (Ibíd.). Igualmente, explicó la funcionaria que "se firmará
Finalmente, representantes de las organizaciones de derechos humanos celebraron la firma de este convenio porque asegura presupuestariamente la atención integral de este sector. Queda pendiente el resultado de las investigaciones iniciadas por la comisión parlamentaria sobre el destino de los recursos, hasta ahora desconocidos.

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DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES
Genéricos nacionales ganaron ante medida que impedía su producción

El pasado 31.07.03, el Juzgado 6to. de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas dejó sin efecto las medidas cautelares decretadas por el Juzgado 9no. de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas que "intentaban prohibir la libre comercialización del producto genérico Atorvastatina" (Últimas Noticias, 10.08.03, pág. 4) producido por laboratorios farmacéuticos nacionales.
En marzo de 2002, varios laboratorios foráneos solicitaron a la Superintendencia para la Promoción y Protección de la Libre Competencia (Procompetencia), organismo técnico encargado de administrar la Ley para Promover y Proteger el Ejercicio de la Libre Competencia, un procedimiento sancionatorio de competencia desleal en contra de 4 empresas nacionales que producen algunos medicamentos genéricos, entre los que se cuenta la Atorvastatina (Tal Cual, 18.07.03, pág. 4). En esa ocasión, Procompetencia dictó una medida cautelar que prohibió la comercialización de esos productos, pero los laboratorios cancelaron la fianza que les permitió seguir su comercialización. Esto  hizo que las trasnacionales, entre las que se cuenta Pfizer, acudieran a los tribunales civiles. La demanda tuvo aceptación del Juzgado 9no. de Municipio. Ello obligó a las empresas farmacéuticas nacionales, acompañadas de varias organizaciones sociales, a solicitar la revocación de la medida cautelar que impedía la producción de estos medicamentos (Últimas Noticias, Op., cit.).
Con esta decisión, las empresas farmacéuticas nacionales conservan el derecho de producir estos genéricos y su libre comercialización. A propósito de las medidas restrictivas llevadas a cabo por compañías farmacéuticas trasnacionales, Héctor García, vicepresidente de la Cámara de Laboratorios Nacionales, opina que las mismas son "un ataque que persigue desaparecer los genéricos que ya ocupan 30% del mercado de medicamentos en Venezuela [...] Aún cuando las empresas locales siguen los procedimientos legales pautados para la solicitud y concesión de registros sanitarios, previsto en el ordenamiento jurídico nacional e internacional [...] En cambio, los medicamentos de marca sólo quieren mantener el control del monopolio del mercado tratando de obstaculizar la comercialización libre y la competencia de los productos nacionales que se venden a un menor precio" (Tal Cual, Op. cit.).
Por su parte, la red de organizaciones sociales Gente Unida, califica la medida tomada por el Juzgado 6to. como "un logro de la lucha reivindicativa de la sociedad" contra medidas que pretenden "poner en juego la salud del pueblo venezolano, queriendo eliminar un producto efectivo, de calidad comprobada y elaborado por la industria nacional" (Últimas Noticias, Op. cit.).

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DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES
Nueva Ley Orgánica Procesal del Trabajo facilita procedimientos judiciales para trabajadores y patronos

A partir de este 14.08.03, comenzó a regir la Ley Orgánica Procesal del Trabajo (LOPT). A propósito de la promulgación de este nuevo instrumento, el magistrado Iván Rincón Urdaneta, presidente del máximo tribunal del país, reconoció a la LOPT como "una novedosa herramienta de cambio en el marco de la modernización de los procesos judiciales, lo que sin duda alguna se traducirá en más calidad y oportunidad a los servicios judiciales” (Tribunal Supremo de Justicia, 06.08.03, http://www.tsj.gov.ve/informacion/ notasprensa/notasdeprensa.asp?codigo=668). Las palabras fueron pronunciadas en el acto de culminación del primer Curso de Capacitación de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo para Jueces de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución, organizado por la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ).
Provea, por su parte, considera que la LOPT viene a ocupar un espacio relevante en la regularización de los procesos jurídicos  con un procedimiento sencillo, oral, gratuito y público para la defensa de los derechos laborales.
Tal como lo reseñamos en nuestra columna semanal "Son Derechos" (Últimas Noticias, 10.08.03, pág. 10;
http://www.derechos.org.ve), al momento en que un trabajador decida reclamar por cualquier concepto a su empleador, con la LOPT tendrá a la mano un nuevo procedimiento que contempla la apertura de una etapa conciliatoria -para arreglar los problemas por acuerdo-, así como la posibilidad de realizar arbitrajes, en el que las partes nombren sus propios jueces para el caso concreto y que sean éstos los que decidan la causa.
Otra de las novedades es que los juicios serán orales, por lo que se espera que disminuya el actual retardo procesal. Asimismo, se contempla la creación de la Defensoría Pública de Trabajadores, con la finalidad de brindarles asistencia jurídica.
Esta ley deroga a la Ley Orgánica de Tribunales y de Procedimiento del Trabajo, así como el procedimiento de estabilidad previsto en la Ley Orgánica de Trabajo y su Reglamento.
Con esta ley se unificarán los procedimientos judiciales y se cumplirá el mandato constitucional de modernizar al sistema judicial. Provea espera que con el nuevo procedimiento se cumpla el objetivo de facilitar la defensa de los derechos de los trabajadores de una forma efectiva y desprovista de formalismos que entorpezcan el acceso de los mismos al sistema judicial.

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DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES
Plan de inversión extraordinaria es menor que los recortes presupuestarios de febrero a la salud y la educación

En la edición N° 158 del programa Aló Presidente, realizado el 03.08.03, el Primer Mandatario anunció la aplicación, para el 2do. semestre de este año, de la Agenda Bolivariana de Coyuntura y Desarrollo Endógeno (ABCDE), un programa de inversiones en el sector social que contará con 3,2 billones de bolívares provenientes del presupuesto ordinario, utilidades del Banco Central de Venezuela (BCV), recursos del Banco de Desarrollo Económico y Social de Venezuela (Bandes), institución financiera del Estado,  y canjes por concepto de petróleo (El Universal, 12.08.03, http://www.eluniversal.com/2003/08/05/05111BB.shtml).
La primera etapa de este programa comprende la entrega de recursos hacia las áreas de salud y educación y el reforzamiento de planes del Ministerio de Producción y Comercio (MPC) y las zonas especiales de desarrollo, entre otros (Ibíd.). El área de salud recibirá 140 millardos de bolívares para dotación de centros asistenciales, específicamente, para los hospitales Pérez de León, Clínico Universitario, Pérez Carreño, Domingo Luciani, hospital militar Carlos Arvelo y construcción de un cardiocentro infantil en Montalbán, todos ellos de Caracas (Tal Cual, 04.08.03, pág. 3). El sector de la educación recibirá 100 millardos de bolívares, para la construcción de escuelas bolivarianas y para la misión Sucre, proyecto que persigue la incorporación de más bachilleres a la educación superior. 
Sin embargo, hay que recordar el recorte al presupuesto asignado para este año al gasto público social de 2,8 billones de bolívares, realizado por el Ejecutivo Nacional el pasado mes de febrero (ver edición N° 111 de este servicio informativo en
http://www.derechos.org.ve).
De manera que, luego de 6 meses, la inyección de 240 mil millones de bolívares a los sectores de la salud y la educación a través de la ABCDE debe observarse tomando en cuenta el monto del recorte hecho en febrero. "A los despachos de Salud y Educación se les rebajaron en total 801,3 millardos de bolívares, de manera que se está inyectando apenas 30% de lo que se les había disminuido. La inversión que se está efectuando con las utilidades del instituto emisor -y las cuales estaban presupuestadas-, están compensando parcialmente lo que se ajustó en el primer trimestre" (El Universal, Op. cit.).
La ABCDE, también prevé recursos para la construcción de viviendas. "A través de la Corporación Venezolana de Petróleo (CVP) se invertirán 480 millardos de bolívares [...] Sin embargo, mientras se anuncian recursos extraordinarios para el sector vivienda, el presupuesto ordinario tiene problemas de ejecución. Por el Fondo de Aportes del Sector Público (que se obtiene de 5% del presupuesto) el sector vivienda recibiría 970 millardos de bolívares, pero de ese monto solamente se entregaron 12% (120 millardos), y según los voceros del sector en el transcurso del tercer trimestre se desembolsarían 240 millardos de bolívares" (Ídem.).
Por otro lado, los directores de los 14 hospitales y 84 ambulatorios de la red de salud metropolitana, adscrita a la Alcaldía Mayor calificaron como discriminatorio el tratamiento que el jefe de Estado hizo de la distribución de los fondos de la ABCDE dedicados al sector salud (El Universal, 12.08.03,  http://www.eluniversal.com/2003/08/05/05210BB.shtml)
En rueda de prensa efectuada el 04.08.03, los directivos de los hospitales y ambulatorios señalaron que el Ejecutivo "los marginaba para castigar al alcalde metropolitano, 'sin tomar en cuenta que estos centros de salud son los únicos que en Caracas han soportado la crisis que desde hace 4 años afronta la salud pública [...] Es un anuncio político, pero no se le cobra al alcalde mayor, Alfredo Peña [opositor del gobierno], sino a todos los sectores más pobres que acuden a diario a nuestras instituciones. No es un castigo contra Alfredo Peña, es un castigo contra el pueblo, contra los pobres'" (Ídem.).
Entre los centros asistenciales de la red metropolitana que no fueron incluidos en la ABCDE, se encuentran la Maternidad la Concepción Palacios, el Instituto Oncológico Luis Razetti, el hospital José María Vargas, el Psiquiátrico de Caracas, entre otros.

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DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES
Crisis de la salud pública: responsabilidades y víctimas

A finales de febrero de este año Provea se pronunció sobre la grave situación que afectaba al sistema público de salud.  Hizo un llamado a los entes estatales con competencia en el sector de asistencia a la salud en el ámbito nacional, estadal y municipal, para la adopción inmediata de las medidas necesarias con el fin de solventar el colapso en que cayó la red de ambulatorios y hospitales del país. Para ese momento el país venía de sufrir un paro nacional que afectó a toda la institucionalidad asistencial y a la sociedad venezolana, problemas como la disminución crítica de los inventarios de medicamentos e insumos médicos, la paralización de las licitaciones para el suministro y/o mantenimiento de los equipos médicos, el retraso acumulado por meses de la cancelación del salario y beneficios laborales del gremio de los trabajadores de la salud, la suspensión generalizada de las intervenciones quirúrgicas electivas, la suspensión de las intervenciones por transplante de órganos, el cierre de consultas médicas, la disminución crítica de las reservas de sangre, de los factores de coagulación, así como de reactivos (como el de la prueba del VIH) en los bancos de sangre del país, entre otros, hicieron que los establecimientos hospitalarios redujeran su capacidad para garantizar la atención mínima (ver edición Nº 112 de este servicio informativo en http://www.derechos.org.ve).
Tomando en cuenta las razones políticas y económicas que afectaban el contexto, se exhortó al MSDS a adoptar medidas deliberadas y concretas, inclusive extremas, como declarar un estado de emergencia del sector salud.
Como la realidad lo demuestra, se hizo caso omiso de las señales de preocupación, no sólo de las expuestas por Provea, sino de las otras innumerables hechas por distintas organizaciones. Ahora, queda solamente reseñar los efectos de la indolencia estatal. Hay que enumerar, por ejemplo, el fallecimiento de una paciente renal en el hospital Pérez Carreño (Correo del Caroní, 06.08.03, pág. D/1); la pérdida del trasplante de riñón de 3 pacientes (El Nacional, 09.08.03, pág. A/9), de un grupo de 1.800 cuyo trasplante se encuentra en peligro de perderse (Correo del Caroní, Op. cit.); 6.000 pacientes renales que necesitan tratamiento semanal, 4.000 pacientes que reciben atención psiquiátrica y geriátrica del Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (IVSS) hospitalizado en clínicas privadas, casi 3.500 personas del programa de suministro de antirretrovirales (El Universal, 10.08.03, pág. 1/1); 558 pacientes con hemofilia que no reciben su medicamento, entre ellos 20 niños(as) y adolescentes cuya salud y vida peligran (Últimas Noticias, 09.08.03, pág. 3); 17 pacientes hemofílicos y trasplantados hospitalizados por falta de medicamentos (Últimas Noticias, 05.08.03, pág. 6); etc.  
Distintas acciones de calle y protestas de toda índole enmarcan el panorama antes descrito, pero la respuesta de los entes gubernamentales a cargo de la salud no supera los pronunciamientos y las explicaciones generales. La ministra del Trabajo, María Cristina Iglesias, destituyó a la directiva del IVSS el pasado 06.08.03 (El Nacional, pág. A/8, 07.08.03).
Con respecto al papel jugado por la anterior gerencia, encabezada por Edgar González, Carlos Quintero,  integrante de la organización de derechos humanos Acción Ciudadana Contra el SIDA (ACCSI), observa que "las causas de esta remoción son evidentes. En menos de 45 días el sector VIH/SIDA y las PVVs hicieron 2 movilizaciones de calle y denunciaron a la opinión pública el desabastecimiento de antirretrovirales en todo el país por más de 4 meses; otras protestas de miles de personas afectados por hemofilia, renales, cáncer y transplantados debido a la falta de medicamentos, insumos y equipos médicos; deterioro de los servicios de atención médica; reiteradas denuncias sobre las irregularidades administrativas de su gestión; elevadas deudas millonarias a las empresas proveedoras de productos farmacéuticos; entre otros" (Acción Ciudadana Contra el SIDA, 12.08.03,
accsi@internet.ve).
Al arribo de su cargo como nuevo presidente del instituto, Jesús Viloria anunció que "no habrá atrasos en los procesos administrativos para honrar las deudas con los laboratorios y garantizar el suministro de medicamentos para pacientes con VIH, cáncer, renales y trasplantados" (Últimas Noticias, 08.08.03, pág. 2).
Quintero también señala el comportamiento que el despacho de Salud y Desarrollo ha tenido en esta crisis y observa "con preocupación que la Dra. María Lourdes Urbaneja en su carácter de Ministra de Salud y Desarrollo Social se ha eximido de la grave situación de desabastecimiento de antirretrovirales en el IVSS" (Ídem.). Advierte el vocero de ACCSI que "varias ONG con servicio en VIH/SIDA y de otros sectores que representan a Hemofilia, Transplantados y VIH/SIDA estamos programando reuniones y la posibilidad de unir esfuerzos y realizar acciones conjuntas" (Ídem.).
Según fuente periodística, Asia Villegas, defensora especial de Salud y Seguridad Social de la Defensoría del Pueblo, realizó desde mediados de julio reuniones con todos los directores regionales de salud en las que acordaron "sacar de la agenda política el tema de la salud" (El Universal, 10.08.03, pág. 1/2). También recordó que había gestionado un acuerdo entre la directiva anterior del IVSS y representantes de la Asociación de Unidades de Diálisis Extrahospitalarias para cancelar 44 de los 88 millardos de bolívares que adeuda el instituto a estas unidades de diálisis privadas. Asegura la funcionaria que el problema del IVSS radica en sus bajos niveles de recaudación (Ídem.).
Complementa este diagnóstico la constatación de la deuda que el instituto tiene desde  hace 2 años con las 28 empresas agrupadas en la Cámara Venezolana del Medicamento (Caveme) que suministran los medicamentos de los pacientes adscritos al seguro social, la cual alcanza los 105 millardos de bolívares (El Universal,  pág. 1/1, Op. cit.). Vivian Martínez, directora de Farmacia del IVSS, asegura que "ya estaba en marcha un acuerdo de pago de 6 millardos de bolívares, con los que se espera reactivar los despachos" (Ídem.). 
A la deuda del IVSS se le añade el proceso que representó la aplicación de controles al mercado de divisas: "desde el 21.01.03, los laboratorios han hecho 2.427 solicitudes ante Cadivi, que suman 139,84 millones de dólares. Les han aprobado 1.535 solicitudes de licencias de importación por 84,51 millones, de los cuales hasta el 04.08.03, habían sido pagados sólo 10 millones 399 mil dólares, aunque hay liquidaciones de facturas aprobadas por 24 millones 63 mil dólares" (Ídem.).

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DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES
Indicadores de seguridad social

El Plan de Transición del IVSS, presentado el pasado 08.07.03, señala que el beneficio de seguro de paro forzoso alcanza mensualmente a una población de 14.700 personas promedio, quienes cumplen los requisitos de haber sido despedidas y contribuyentes del régimen cuando trabajaba (El Universal, 04.08.03, pág. 1/12).
También destaca que "los trabajadores afiliados se encuentran por el orden de los 2,7 millones de personas, lo que equivale alrededor de la mitad de los trabajadores dependientes ocupados del país" (Ibíd.). Esto contrasta con el porcentaje de empresas privadas del país que mantiene deudas con este ente estatal (92%) (ver  edición N° 115 de este servicio informativo en
http://www.derechos.org.ve). Además, sólo un 20% de las empresas registradas (272.040) cumplen con el pago de su cotización de seguridad social de sus trabajadores. De ese monto, 75% corresponde al sector privado y 25% al público (ver edición N° 111 de este servicio informativo).
Según destaca la fuente, "ante la exigencia de la solvencia del organismo para la adquisición de dólares algunas compañías han pagado sus obligaciones, pero ello no es suficiente, la recaudación diaria que estaba en 2,5 millardos de bolívares pasó a 4 millardos de bolívares y las deudas se mantienen" (El Universal, Op. cit.).

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DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES
Indicadores socieconómicos del BCV y CENDA

El Banco Central de Venezuela (BCV) informó que el Índice de Precios al Consumidor (IPC) del Área Metropolitana de Caracas registró en el mes de julio un aumento de 1,8%, es decir, un 0,4% mayor que el observado en junio (1,8%) e inferior al reportado en el mismo mes del año pasado (3,6%). Con dicho resultado la variación acumulada del IPC al mes de julio se situó en 17,4%, superando en un 0,5% la alcanzadas para el mismo período del año anterior (16,9%). (BCV, 04.08.03, http://www.bcv.org.ve/ipc/2003/jul/ipcdocs.htm).
Explica el órgano emisor que “el conjunto de los bienes presentó un aumento de precios igual al registrado en el mes previo (2,1%), el cual siguió estando por encima del incremento global de los servicios, aún cuando estos últimos mostraron una variación acelerada (de 0,7% a 1,5%)” (Ibíd.).
Por su parte, el Centro de Documentación y Análisis Social de la Federación Venezolana de Maestros (Cenda) anunció el costo alcanzado al cierre de julio por la Canasta Básica (CB) -que incluye los gastos en alimentos, servicios y viviendas de una familia de 5 personas: 1.184.00 bolívares; lo que representa el costo de 5 salarios mínimos de 209.088,00 bolívares (El Nacional, 08.08.03,
http://www.el-nacional.com/Articulos/Articulo.asp?Plantilla=3&Id=31034&IdSeccion=65).
El costo de la CB en julio representa un aumento de 1,5% con respecto al valor alcanzado por este indicador en junio (1.020.384 bolívares). Según el CENDA, "De los 7 grupos que forman la CB, 6 registraron aumentos de precio entre junio y julio. El mayor repunte se dio en la canasta alimentaria, que forma parte de la CB, con 2,9% pasando de  374.816 bolívares en junio a 385.858 bolívares en julio. Le siguieron los rubros de salud -medicamentos-, con 1,7% y vestido y calzado con 1,2%" (Ibíd.).

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DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES
Propuestas y  exigencias a poderes públicos sobre el derecho a la educación

- Incrementar la matricula de educación preescolar y educación media a fin de lograr, por lo menos, un 55% de cobertura en un plazo no mayor a 5 años;
- Iniciar un proceso gradual de construcción de aulas para lograr incluir a la población desescolarizada, priorizándose el nivel preescolar y la 2° etapa de educación básica;
- Disminuir progresivamente los índices de repitencia, especialmente los constatados en 1° y 7° grado;
- Favorecer la reinserción escolar de los niños y/o jóvenes que han salido del sistema de educación formal;
- Dar efectivo cumplimiento a todas las Resoluciones del Ministerio de Educación, Cultura y Deportes destinadas a impedir cualquier forma de discriminación de alumnos en el ingreso y/o permanencia dentro del sistema educativo;
- Aprobar la Ley Orgánica de Educación en concordancia con los principios y fundamentos establecidos tanto en la Constitución vigente como en los acuerdos internacionales de derechos humanos;
- Garantizar la participación social en la formulación del “Plan Nacional de Educación para Todos”;
- Velar por el efectivo cumplimiento de la política que garantiza el acceso a la educación pública sin el condicionamiento de cobros de ninguna naturaleza;
- Garantizar el cumplimiento de las obligaciones estatales en el Convenio firmado entre la Asociación Venezolana de Escuelas Católicas y el Ministerio de Educación, Cultura y Deportes;
- Comenzar un proceso de evaluación del proyecto de Escuelas Bolivarianas a fin de potenciar sus logros y reducir las fallas del mismo;
- Desarrollar un plan nacional de formación docente para adecuar las prácticas pedagógicas a una concepción de la educación no excluyente, democrática y participativa;
- Continuar asignando recursos financieros a los establecimientos educativos para que puedan funcionar sin que se vean obligados a depender de las cuotas de la Sociedad de Padres y Representantes. Velar porque esta asignación sea eficiente, equitativa y oportuna;
- Continuar la tendencia a incrementar el porcentaje del PIB dedicado a la educación;
- Garantizar presupuestos acordes con las necesidades de cada uno de los niveles educativos;
- Velar por la ejecución presupuestaria eficiente, transparente y oportuna;
- Dar a conocer el Plan Nacional de Reparación de Escuelas con metas a corto, mediano y largo plazo a fin de que la ciudadanía pueda controlar la efectividad en el cumplimiento del mismo;
- Garantizar que el ingreso a la docencia sea sólo a través de concursos públicos organizados en forma periódica, transparente y de acuerdo con parámetros legales. Así mismo, garantizar una adecuada contraprestación socioeconómica a los docentes;
- Fortalecer el Sistema Nacional de Medición y Evaluación del Aprendizaje (Sinea);
- Eliminar el carácter de “obligatoria” de la asignatura “Instrucción Premilitar”;
- Dar a conocer públicamente el procedimiento formal de autorización de textos escolares;
- Elaborar una nueva Resolución que contextualice y mantenga el espíritu de la Resolución N° 1484, la cual establece, en el sistema curricular venezolano, la educación en valores y derechos humanos (Provea, http://www.derechos.org.ve).


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DERECHOS CIVILES Y POLÍTICOS
Vocería del Foro por la Vida preocupada por situación de los solicitantes de refugio en Venezuela

El pasado 05.08.03, la Vocería y el Grupo de Trabajo del Derecho al Refugio de la coalición de organizaciones venezolanas de derechos humanos Foro por la Vida, formularon al Ejecutivo Nacional algunas exigencias motivados por la preocupante situación que afecta a los 1.300 solicitantes de refugio sin respuesta por parte del gobierno de Venezuela. Dos días después, el 07.08.03, el presidente Hugo Chávez juramentó la Comisión Nacional de Refugiados (CNR) (Gobierno en Línea, 08.08.03,
http://www.gobiernoenlinea.ve), presidida por Ricardo Rincón, representante del Ministerio de Relaciones Exteriores, y formada por María Auxiliadora Belisario Martínez, Héctor David Reyes Quevedo, Yvonne Dorta, Valentín Noda y el diputado Tarek William Saab (Agencia Venpres, 11.08.03, http://www.venpres.gov.ve/infgen/infgen1.htm#Gaceta). En la Gaceta Oficial N° 37.748, que publica los nombres de esta comisión, se señala que "las referidas personas ejercerán sus funciones sin devengar salario alguno, en tanto que el ministerio de Relaciones Exteriores será el encargado de velar por el cumplimiento de la referida disposición legal" (Ídem.). Informó Rincón que la CNR, "tiene previsto reunirse una vez al mes y, extraordinariamente, siempre que sea necesario para cumplir sus objetivos, previa convocatoria del presidente" (Gobierno en Línea, Op. cit.).
Sin embargo, algunos de los aspectos expuesto en el comunicado del Foro por la Vida no pierden vigencia y por esta razón, presentamos a continuación los señalamientos que esta comisión deberá conocer para fortalecerse institucionalmente y restituir las garantías lesionadas a los 1.300 solicitantes de refugio desamparados por el Estado venezolano.
- La normativa aplicable a estas solicitudes es la contenida en la Ley Orgánica de Refugiados, Refugiadas, Asilados y Asiladas (LORA) y en los instrumentos internacionales de derechos humanos y de refugiados, así como supletoriamente las de la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos (LOPA) en la materia que le compete. El órgano competente para decidir de estos casos es la Comisión Nacional de Refugiados. En este sentido, preocupa la no aplicación del cuerpo normativo mencionado y el desconocimiento del deber de respeto inmediato por parte del Gobierno;
- Una vez constituida la Comisión, ésta deberá resolver todas las solicitudes que se tienen represadas, algunas hace más de 4 años, bajo las garantías mínimas del debido proceso que se señalan tanto en la Constitución como en la Convención Americana sobre los Derechos Humanos, incluido el plazo razonable de la decisión; y tratar de buscar el equilibrio entre los intereses de seguridad del Estado y el respeto de los derechos humanos de los solicitantes;
- Esperamos que el respeto a los derechos humanos de los solicitantes se encuentre estipulado expresamente en el Reglamento de la LORA, en cuyo texto, a pesar de todos nuestros esfuerzos, no hemos podido contribuir, pues el Ministerio de Relaciones Exteriores no lo presentó formalmente para el conocimiento público y la consulta ciudadana, tal como lo exige la LOPA;
- Además de dar respuesta a los casos represados y a los que se presenten en el futuro, la Comisión, el Gobierno y en general el Estado venezolano deben velar por el respeto y la garantía de los derechos humanos de los solicitantes de refugio en todo momento, lo que implica reconocer su condición y no catalogarlos de desplazados, tal como lo hace el Acuerdo Bilateral entre Venezuela y Colombia firmado en abril de este año;
- Finalmente, nos preocupa que el recurso de amparo interpuesto por Provea y un grupo de solicitantes de refugio ante el Tribunal Supremo de Justicia, a más de un año de su presentación, sólo haya recibido en el mes de julio una petición de consulta sobre algunos aspectos de la demanda. Esta demora en la admisibilidad del recurso constituye una violación al derecho de justicia y al de un recurso efectivo y rápido como debería ser el amparo constitucional y tal como lo ha desarrollado la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Vocería del Foro por la Vida: Centros Comunitarios de Aprendizaje (Cecodap);
Vicaría Episcopal de Derecho Humanos de la Arquidiócesis de Caracas; Programa Venezolano de Educación-Acción en Derechos Humanos (Provea)" (Foro por la Vida, 05.08.03,
foroporlavida@derechos.org.ve).

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DERECHOS CIVILES Y POLÍTICOS
Acuerdo de Sala Plena del TSJ es inconstitucional

El pasado 16.07.03, la Sala Plena del TSJ emitió un acuerdo que establece como inadmisibles aquellos escritos que contengan "conceptos irrespetuosos u ofensivos a la majestad del Poder Judicial, así como señalamientos públicos contra los jueces y magistrados para calificarlos y exponerlos al desprecio público" (Tribunal Supremo de Justicia, 12.08.03, http://www.tsj.gov.ve).
Provea cataloga dicho acuerdo como inconstitucional porque impide el derecho constitucional de acceso a la justicia (Artículo 26), a partir de valoraciones subjetivas de un juez o magistrado sobre aquello que considere irrespetuoso. Además, viola normas del Código de Procedimiento Civil (CPC) y de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derecho y Garantías Constitucionales, que indican claramente las circunstancias en que una acción judicial debe ser declarada inadmisible. Cabe acotar que ninguna de dichas normas establece la inadmisibilidad por "irrespeto al juez".
Provea se pregunta sí, amparados por este acuerdo, los magistrados y jueces observarán como irrespeto señalar la incompetencia o ineficiencia de jueces que tardan más de un año en pronunciarse sobre la admisibilidad de un amparo (tal como ocurre con la acción que desde hace un año interpusieron un grupo de refugiados con apoyo de Provea, ante la Sala Constitucional). ¿Qué implicaciones acarreará al proceso y a la culminación de la causa esta evaluación subjetiva de dichos funcionarios?.
Provea también señala que dicho acuerdo viola el Artículo 57 de la Constitución, que consagra el derecho a la libertad de expresión.
No obstante, Provea comparte con los magistrados su preocupación porque los escritos introducidos por algunos abogados contengan expresiones soeces o insultantes, pero ante ello, la labor de los magistrados debe ser más pedagógica que coercitiva. Lo correcto es hacer una exhortación a que se cumpla con el código de ética profesional del abogado.
Por lo antes señalado, Provea considera que dicho acuerdo debe ser impugnado judicialmente por los colegios de abogados y, en tal sentido, Provea iniciará los contactos necesarios para que dicha acción judicial se haga posible (Provea, 13.08.03).
 
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DERECHOS CIVILES Y POLÍTICOS
Nuevos casos de ejecuciones extrajudiciales en Anzoátegui

La Fundación de Derechos Humanos del Estado Anzoátegui denunció que el 12.08.03 hubo 6 ejecuciones extrajudiciales en el sector La Ponderosa de la ciudad de Barcelona, Edo. Anzoátegui, realizadas por efectivos de la policía estadal (Polianzoátegui), de la policía del municipio Simón Bolívar (Polibolívar) y del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas (CICPC) delegación Barcelona (Fundación de Derechos Humanos del Estado Anzoátegui, fdhanzmagallanes@hotmail.com, 14.08.03).
Alcides Magallanes, presidente de la organización de derechos humanos integrante del Foro por la Vida, afirma que los hechos sucedieron como una retaliación de los funcionarios policiales por la muerte de un oficial de Polibolívar, en un operativo en el cual fueron abatidos los presuntos delincuentes (2 sujetos) que el agente había interceptado al momento de realizar un atraco, según declararon testigos presenciales. Según Magallanes, luego del intercambio de disparos que causó la muerte del agente y de los 2 sujetos, comisiones de efectivos de los cuerpos policiales antes señalados, se presentaron en La Ponderosa donde, sin ordenes judiciales y violando el procedimiento regular, allanaron varias casas, deteniendo y ejecutando a 6 ciudadanos en sus residencias, según atestiguan familiares (Ibíd.).
Ante estos hechos, la organización regional de derechos humanos solicitó a la Defensoría del Pueblo y al fiscal Superior del estado realizar una investigación para determinar las responsabilidades. Sobre este aspecto hay que destacar el rechazo que la Fundación hace de la solicitud que Nilvia Núñez de Silva, directora-presidenta del Instituto Autónomo de la Polibolívar, dirigió a la Defensoría del Pueblo (en rueda de prensa del 14.08.03) pidiendo la renuncia de Noel Azócar, defensor del Pueblo adscrito a Anzoátegui "por estar parcializado a favor de los delincuentes". La Fundación considera que con esta declaración, la institución policial pretende obstaculizar la labor llevada a cabo por la Defensoría, institución que Magallanes considera como única aliada en la lucha por el esclarecimiento de las 300 ejecuciones extrajudiciales registradas en la entidad federal desde el año 2000 (Ibíd.).
Con respecto a las investigaciones sobre estos hechos, hay que reseñar la medida privativa de libertad contra 7 efectivos de la policía regional decretada por el Tribunal 6º de Control de Anzoátegui, a solicitud del MP, por estar presuntamente incursos en el delito de homicidio intencional, en perjuicio de Luis Gregorio Ojeda, hecho ocurrido en abril del 2001 y que forma parte de los casi 300 casos de ejecuciones extrajudiciales y abusos policiales  (El Metropolitano, 07.08.03, pág. 22).
"Según las investigaciones conducidas por los fiscales 2do. y 6to. regionales, María Celeste Moncada y José Alberto Morillo, respectivamente, los funcionarios Euclides Rafael Fuentes, Marx Ramiro Morales, Jorge Luis Mendoza, Rodolfo Enrique Macarán, Melchor Rafael Aguilar, Pedro Salcedo Briceño y Pedro Rafael Marcano se llevaron a Ojeda Fajardo, después que éste fue detenido por estudiantes de la Universidad de Oriente quienes lo confundieron con un atracador [...] Ojeda, fue entregado con vida a los efectivos policiales. Sin embargo, horas más tarde el cadáver apareció en la morgue del Hospital Luis Razzetti con un impacto de bala en el tórax. Los funcionarios manifestaron que Ojeda Fajardo falleció durante un enfrentamiento" (Ministerio Público, 06.08.03,
http://www.fiscalia.gov.ve/Prensa/ A2003/prensajulio2003.asp). Durante la etapa de investigación se encontraron suficientes elementos de convicción que permitieron que el Ministerio Público, en mayo de 2003, acusara a Pedro Salcedo Briceño y Jorge Luis Mendoza por el delito de homicidio intencional y al resto de los funcionarios por encubrimiento.

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DERECHOS CIVILES Y POLÍTICOS
Tribunal de Aragua reencausa expediente de Teniente Sicat

El 11.08.03, Fabiola Colmenarez, magistrada y presidenta de la Corte de Apelación del Edo. Aragua, informó que su tribunal decidió la anulación de la sentencia del tribunal 3ro. de Control del Edo. Aragua (El Siglo, 12.08.03, pág. D/1), que el 03.04.03 había absuelto de toda culpa al teniente (Ej.) Alessandro Sicat Torres en el caso abierto por los familiares de 3 soldados que, estando a su cargo, sufrieron heridas graves (2) y la muerte (1), al haberles rociado un producto inflamable y les prendió fuego (ver edición N° 114 de este servicio informativo en http://www.derechos.org.ve).
La reciente medida responde a la apelación que la parte querellante hizo de la decisión del tribunal de Control, el 22.04.03. La sentencia "ordena la celebración de un nuevo juicio oral y público ante un juez de este mismo Circuito Judicial Penal, distinto del que se pronunció la sentencia objeto de impugnación" (El Siglo, Op. cit.). Asimismo ordena detención judicial privativa de libertad a Sicat en el Centro Penitenciario de Tocorón, en Aragua (Ídem.). Para la fecha en que la fuente reseña la noticia se desconocía el paradero del imputado; mientras tanto, se espera el sorteo de la causa seguida contra Sicat.
Sobre este caso, Marino Alvarado, coordinador del Área de Defensa, manifestó su satisfacción por el nuevo giro que toma el proceso, luego de denunciarse irregularidades. Igualmente, destacó que es importante que "a Sicat se le respete su derecho a la defensa y al debido proceso" (El Mundo, 14.08.03, pág. 2).
El vocero de Provea recordó que esta organización ha recibido varias denuncias sobre soldados torturados mientras cumplen el servicio militar. Aclaró que muchos casos fueron procesados debidamente por la Dirección de Derechos Humanos de la Fuerza Armada Nacional (FAN) (Ibíd.).  

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DERECHOS CIVILES Y POLÍTICOS
Propuestas y exigencias a los poderes públicos sobre el derecho a la libertad de expresión e información

- Propiciar un debate y participación públicos en torno a las distintas regulaciones legislativas y reglamentarias, relacionadas con los medios de comunicación social, el ejercicio del periodismo y el acceso a la información por parte de los ciudadanos;
- Abstenerse de formular declaraciones públicas que propicien agresiones hacia comunicadores sociales o su intimidación, todo lo cual puede ser traducido en prácticas de autocensura que limiten a los ciudadanos el acceso a la información y opinión;
- Garantizar la integridad personal de los comunicadores sociales durante el ejercicio de sus actividades profesionales, investigando y sancionando cualquier agresión proveniente de funcionarios públicos o particulares;
- Desarrollar una política estatal que garantice, a través de un sistema de radio-televisión de servicio público, la necesaria pluralidad de opinión e información propias de una sociedad democrática, así como la construcción de una oferta que mejore la calidad en contenidos y formatos;
- Promover la creación de medios de comunicación locales, comunitarios, plurales y alternativos, en un marco de respeto a su autonomía, como mecanismo para garantizar el derecho a la expresión de sectores sociales excluidos y el derecho a una información plural de la sociedad;
- Abstenerse de utilizar la potestad de asignación o suspensión de frecuencias radio-televisivas como un mecanismo de presión sobre los medios de comunicación orientado a limitar la libertad de expresión y el derecho a la información;
- Garantizar el ejercicio al derecho a réplica en los medios de comunicación por parte de los afectados;
- Ajustar la legislación y reglamentos relacionados con la comunicación social para evitar incompatibilidades con los postulados constitucionales y los tratados internacionales, en particular en lo referido a las figuras del vilipendio o desacato;
- Desarrollar políticas que garanticen de forma abierta acceso a la información de carácter público en manos del Estado en todas sus instancias;
- Promover ante las distintas instancias del Poder Judicial un conocimiento y repercusiones prácticas de la jurisprudencia del sistema interamericano en materia de libertad de expresión e información;
- Abstenerse de utilizar procesos judiciales como mecanismos orientados a limitar la libertad de expresión (Provea, http://www.derechos.org.ve).

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ARTÍCULOS
Son Derechos: “El derecho a la retroactividad de las prestaciones”

"Con la entrada en vigencia de la Constitución de 1999 comenzó a correr el lapso de un año para que, luego de instalada la Asamblea Nacional, se procediera a la reforma de la Ley Orgánica del Trabajo, especialmente en lo relativo a la retroactividad de las prestaciones sociales y la reducción de la jornada de trabajo.
Lamentablemente el parlamento, instalado desde hace 3 años, no ha cumplido con el mandato constitucional contenido en la disposición transitoria 4ta., tal como no lo ha hecho con otras disposiciones constitucionales. La consecuencia es que los trabajadores tienen negado el derecho al cálculo retroactivo sobre la base del último salario, tal como lo establece la Constitución.
La reforma de la Ley del Trabajo debió ser una prioridad para el legislativo. Sin embargo, el proyecto de reforma que hoy descansa en la Comisión de Asuntos Sociales, aprobado en primera discusión, ni siquiera contempla la reforma del actual régimen de prestaciones sociales, razón por la cual los trabajadores deben permanecer alertas.
Esta omisión contrasta con los motivos esgrimidos para la transformación del parlamento bicameral a unicameral: la simplificación del proceso de formación de las leyes.
Por estas razones, Provea exhorta a los parlamentarios a solventar la reiterada mora legislativa que caracteriza a este poder, cumpliendo con la Constitución y saldando la deuda que tiene con los trabajadores venezolanos" (Provea, 14.03.04, son@derechos.org.ve).


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DOCUMENTOS
Cecodap: “La muerte de Davis denuncia la ineficiencia de nuestro sistema de salud”

"Davis Campos López recibió como regalo de cumpleaños, la muerte. Davis pone en evidencia la deficiencia de un sistema que no es capaz de hacer valer el derecho a la vida y a la salud de las niñas y niños venezolanos.
¿Cuántos Davis mueren día a día por negligencia, mala praxis o carencia de insumos en nuestros centros de salud? Seguramente son muchos más de los que conocemos, simplemente que su muerte pasa desapercibida o se hace invisible porque no se reseña a través de los medios de comunicación.
El hecho es que la muerte de Davis, según la información difundida, pone de manifiesto varios aspectos que hay que investigar:
1. ¿En qué condiciones estaba cuando el médico de nacionalidad cubana le prescribió aspirinas y no otro medicamento? ¿Por qué tenía fiebre? ¿Cuáles eran las causas reales de su enfermedad y por qué no se le remitió a un centro especializado para que se le hiciera un diagnóstico a fondo?
2. ¿Por qué en todo el recorrido o “ruleteo” no se asumió la responsabilidad de hacer un diagnóstico que posibilitara iniciar el tratamiento que la emergencia exigía? ¿Quién tiene la responsabilidad? ¿Los médicos? ¿El centro hospitalario?
Lo que no se puede obviar es el uso político, de parte y parte, evadiendo responsabilidades, de lado a lado, tratando de justificar lo injustificable: Davis murió por no recibir una atención oportuna y eficaz.
Cecodap como organización de derechos humanos de la niñez y adolescencia exige que la investigación se realice apegada estrictamente a derecho y, lo más importante, que se haga justicia para que a los responsables, directos o indirectos, se le apliquen las sanciones para que situaciones como éstas no se vuelvan a repetir.
Para Cecodap es doloroso constatar como las niñas, niños y adolescentes son víctimas de las carencias de un sistema de salud con autoridades que no pueden ni quieren ponerse de acuerdo para dar respuestas a las prioridades urgentes, porque lo que priva son los intereses personales y partidistas.
La muerte de Davis denuncia lo vulnerable y desprotegido que están nuestros niños y niñas cuando requieren atención médica. No se puede aceptar que sólo gocen de la salud los que tienen la posibilidad de contar con recursos que le permitan utilizar servicios privados, comprar insumos para ser atendidos en centros públicos, contar con medios de transporte para movilizarse con la urgencia del caso.
El derecho a la salud es de todas y todos los venezolanos sin discriminación de ningún tipo" (Cecodap, 01.08.03,
http://www.cecodap.org.ve)


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DOCUMENTOS
Organizaciones GLBT venezolanas ante decisión del Vaticano contraria a las uniones homosexuales

Unión Afirmativa: "Declaración conjunta con respecto a la posición del Vaticano sobre el matrimonio homosexual"

“Ayer el Estado Vaticano acaba de publicar un documento relativo al reconocimiento jurídico de las relaciones homosexuales, denominado “Consideraciones sobre propuestas para dar reconocimiento legal a uniones entre personas homosexuales". A este respecto, nuestras asociaciones, dedicadas a la defensa y promoción de los derechos humanos y la dignidad de personas transgénero y homosexuales, declaran :
1.- Este documento no hace más que reafirmar la posición discriminatoria y excluyente de ese Estado con respecto a las personas cuyo proyecto de vida no se corresponde con su visión ideológica del mundo.
2.- El Estado Vaticano pretende imponer una visión unipolar de las relaciones de pareja y de la realidad humana, así como sobrepasar con su ideología los principios jurídicos, éticos y de Derechos Humanos. Estos plantea riesgos de graves violaciones de los derechos humanos, no sólo para el sector objetivo de ese documento sino para cualquier otro sector vulnerable de la población.
3.- Su pretensión de que los líderes políticos de confesión católica impongan sus creencias sobre el principio de pluralidad, imprescindible en toda sociedad democrática, es írrita y éticamente insostenible. Supone para éstos un conflicto ético entre esa imposición ilegítima y su deber de respetar la diversidad social que incluye el derecho de cualquier persona a no ver su proyecto de vida limitado por creencias que no comparte, impuestas al Estado y al resto de la sociedad por vía de la conciencia individual de un sector del liderazgo.
4.- Denunciamos la actitud abusiva del Estado Vaticano al pretender por esta vía incidir en las políticas públicas de otros Estados soberanos, irrespetando el principio de autodeterminación de los pueblos.
5.- Aplaudimos la posición ética y valiente de algunos líderes políticos de confesión católica, que anteponen sus deberes ante la sociedad y su diversidad, a las obligaciones resultantes de su vinculación a una comunidad de creencias en particular. Dr. Jesús Medina, Director Ejecutivo de Alianza Lambda de Venezuela; Pol. José Ramón Merentes, Coordinador General de Unión Afirmativa” (Unión Afirmativa, 01.08.03, unionafirmativa@hotmail.com).

Alianza Lambda de Venezuela: "Declaraciones del Vaticano con relación al matrimonio Gay son homofóbicas"
Recientemente, la Iglesia Católica, bajo su máxima representación en la tierra, el Papa Juan Pablo II, ha emitido un comunicado elaborado por la Congregación de la Doctrina de la Fe, donde pide a los líderes católicos que participan en la toma de decisiones en los congresos o las asambleas legislativas de los países, que no aprueben leyes que permitan el matrimonio entre personas del mismo sexo.
Nuestra organización, que trabaja desde 1998 por los Derechos Humanos de la comunidad Gay, Lésbica, Bisexual y Transgénero venezolana rechaza categóricamente este comunicado por considerar que:
1.- Instiga el odio y la homofobia generalizada. Especialmente en un país mayoritariamente católico como Venezuela.
2.- Atenta contra los Derechos Humanos fundamentales de los ciudadanos y ciudadanas GLBT venezolanos, quienes estamos amparado por la Constitución Nacional de la República Bolivariana de Venezuela (Artículos 19, 20, 21, 22 y 23). En ellos se consagra la igualdad de los ciudadanos ante la Ley, la no discriminación y el amparo del Estado a grupos vulnerables a la discriminación como el nuestro.
3.- Está en contraposición con lo expresado en la Carta Andina para la promoción y protección de los Derechos Humanos, la Declaración Universal de los Derechos Humanos, la Declaración sobre el derecho al desarrollo de las Naciones Unidas, el Pacto por los Derechos Sociales y Culturales, entre otros Pactos, Acuerdos y Convenciones suscritos y ratificados por Venezuela.
4.- Propone obligar, mediante el uso de la religión como arma homofóbica, a nuestros legisladores a actuar inconstitucionalmente.
Por lo antes expuesto, Alianza Lambda de Venezuela, mantendrá una actitud vigilante sobre los nuevos hechos que puedan ocurrir, amparados en un falso discurso de igualdad, unión, respeto, amor, paz y armonía que fomenta la Iglesia Católica de nuestro país, especialmente en estos tiempos. Un discurso que NO nos incluye, a pesar de ser nosotros, igual que el Papa y que todos los curas venezolanos, hijos del mismo Dios.
La Iglesia Católica venezolana siempre ha mantenido una postura homofóbica insultante, distando mucho de las verdaderas enseñanzas de Jesucristo y dando la espalda a la muy numerosa feligresía católica homosexual que habita en estas nación.
La sociedad venezolana está plagada de infinidad de parejas homosexuales. A todo nivel, en todos los estratos sociales y en todas las ciudades, millones de homosexuales en este país viven en parejas, muchas veces hasta más felices que las tradicionales parejas heterosexuales, a pesar de no contar injustamente con el aval jurídico pertinente, tal como ocurre en naciones hermanas como Argentina o Colombia.
Este es un hecho innegable que no se puede tapar con ninguna declaración y tal como lo especifica nuestra Constitución Nacional, el Estado garantizará a toda persona, conforme al principio de progresividad y sin discriminación alguna, el goce y ejercicio irrenunciable, indivisible e interdependiente de los derechos humanos. su respeto y garantía son obligatorios para los órganos del poder publico (art. 19), "todas las personas tienen derechos al libre desenvolvimiento de su personalidad" (art. 20), "todas las personas son iguales ante la ley" (art. 21), "la falta de ley reglamentaria de estos derechos no menoscaba el ejercicio de los mismos" (art. 22), "los tratados, pactos y convenciones relativos a derechos humanos, suscritos y ratificados por Venezuela, tienen jerarquía constitucional y prevalecen en el orden interno, en la medida en que contengan normas sobre su goce y ejercicio mas favorables a las establecidas en esta constitución y en las leyes de la republica, y son de aplicación inmediata y directa por los tribunales y demás órganos del poder público" (art. 23).
Alianza Lambda de Venezuela se mantendrá firme en su misión y seguimos y seguiremos luchando por la igualdad plena de los ciudadanos Gays, Lesbianas, Bisexuales y Transgéneros venezolanos" (Lambda de Venezuela, 01. 08.03, lambdavenezuela@hotmail.com ).

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El Programa Venezolano de Educación-Acción en Derechos Humanos (Provea) es una organización no gubernamental especializada en la defensa y promoción de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales (DESC), que tiene como fin la plena realización de los derechos humanos y el respeto al Estado de Derecho, en el marco de una sociedad democrática y participativa. Toda acción que Provea lleva a cabo busca beneficiar a las víctimas o potenciales víctimas a las que el Estado no les garantiza o les viola sus derechos humanos, propiciando su protagonismo y la concientización de sus derechos.
 

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